sábado, 6 de septiembre de 2014

¿Qué son las Opciones?


Las opciones son un derivado financiero, ya que derivan de otro producto inicial ó subyacente.

El subyacente puede ser una acción, un índice, un futuro, etc., siempre y cuando dicho producto sea opcionable, es decir que tenga posibilidad de trabajar con opciones, siendo una opción un contrato entre dos partes.

Como en todo contrato, siempre hay una parte compradora y una parte vendedora, la parte compradora siempre tendrá unos derechos, y por adquirir estos derechos estará obligado a pagar, mientras que la parte vendedora siempre tendrá unas obligaciones, y por adquirir estas obligaciones, recibirá un cobro (prima ó crédito).

La filosofía es exactamente la misma que cuando vamos a un comercio y compramos un producto, yo al pagar por ese producto tengo el derecho a llevármelo, mientras que el vendedor estará obligado a entregármelo, y por dicha obligación recibirá una prima (el coste del producto).

Tipos de opciones

Solo hay dos tipos de opciones: Calls y Puts. Las opciones tal como las conocemos hoy, nacieron en 1968 (Calls), pero no fue hasta 1974 cuando el volumen comenzó a ser notable.

Algo más tarde, en 1977 aparecieron las opciones (Puts), desde entonces, el interés por este producto (las opciones), ha ido en aumento.

Sin embargo, ya desde la época Romana se usaban contratos similares para actividades de comercio, también existen datos del 1600, en la época de los Tulipanes, cuando los comerciantes lo utilizaban (los contratos) para proteger el precio de venta en el futuro.

Las opciones nacieron como vehículo de protección de posiciones  ó para cubrir riesgos en el mercado (hedging), sin embargo poco a poco, su uso ha ido cambiando para fines más especulativos.

Hoy en día gracias a la flexibilidad de las opciones, se usan para diferentes tipos de estrategias, como: protección del capital, coberturas, especulación, trading ó generación de ingresos.

Obligaciones y derechos

Se ha dicho que existen solo dos tipos de opciones, las opciones Calls y las opciones Puts, en función del tipo de opción con la que trabajemos, nuestras obligaciones y derechos serán diferentes.

El comprador de una opción Call tendrá el derecho a comprar la acción (ó el subyacente con el que trabaje), a un precio determinado en un plazo de tiempo prefijado.

Mientras que la otra parte del contrato, el vendedor de la opción Call, tendrá la obligación de vender la opción ó subyacente  a un precio determinado en un plazo de tiempo prefijado.

El comprador de una opción Put tendrá el derecho de vender la acción ó subyacente a un precio determinado, en un plazo de precio prefijado, mientras que la contraparte, el vendedor, tendrá la obligación de comprar la acción a un precio determinado en un plazo de tiempo prefijado.

Ejemplo 1:   En este caso un contrato de opción Call, en donde nosotros adquirimos una opción de compra, en espera de una revalorización del precio de la vivienda ó simplemente porque queremos adquirir un activo, y es el dueño actual quien nos vende dicha opción, recibiendo una prima por ello.

Supongamos que deseamos comprar una vivienda valorada en $ 150,000 dólares, sin embargo actualmente no disponemos de todo el dinero, pero queremos que el propietario de la vivienda nos la reserve.

Para ello, lo que hacemos es un contrato de señal por $ 10,000 dólares, para comprar dentro de 6 meses, de forma que con este contrato, estoy adquiriendo el derecho a comprar esta vivienda desde ahora hasta dentro de 6 meses por $ 150,000  dólares , y por adquirir ese derecho de compra he pagado $ 10,000 dólares.

Pasados los 6 meses, si no ejercemos nuestro derecho de compra, perderemos la prima ($ 10,000 dólares),  el dueño actual quedara liberado de cualquier obligación y en libertad de venderlo a otro comprador.

Ejemplo 2:   En este caso un contrato de opción Put, mediante la adquisición de un seguro para proteger nuestro activo, en caso de pérdida de valor de dicho activo, exactamente igual como compraríamos Puts para proteger nuestro capital en caso de mercados bajistas.

Supongamos que queremos asegurar nuestro vehículo nuevo, de forma que nos garantizan el valor del mismo, ($ 30,000 dólares)  en caso de siniestro, para ello tenemos que pagar a la aseguradora una cuota anual.

Pasado un año, si no ha ocurrido nada, nosotros que hemos sido quienes hemos comprado el seguro, perdemos nuestra prima, es decir la prima anual del seguro, mientras que la aseguradora conserva dicha prima y finaliza su periodo de obligación.

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