sábado, 5 de diciembre de 2015

Derecho especial de giro (DEG)



A propósito de la noticia de que el Fondo Monetario Internacional (FMI) decidió el lunes (30.11.2015) incluir en su canasta referencial de monedas al yuan chino, un auténtico triunfo para Pekín en su intento por ingresar al selecto grupo de las potencias económicas mundiales, el FMI anuncio que el yuan “cumple los actuales criterios para ser incluido” en la lista de divisas del Fondo Monetario Internacional que componen la cesta con la que calcula los derechos especiales de giro (DEG).

Hasta ahora, dicha canasta estaba integrada solamente por el dólar estadounidense, el euro, la libra esterlina y el yen japonés, tras la reunión quinquenal del directorio del FMI para revisar la lista de divisas, se informó que “el lanzamiento de la nueva cesta del DEG tendrá lugar el 1 de octubre de 2016, lo que da suficiente tiempo de antelación al Fondo, sus miembros y otros usuarios de los DEG a ajustarse a este cambio”.

La inclusión del yuan en esta cesta de divisas con las que se calculan los DEG, una moneda que los 188 países miembros del FMI utilizan para sus reservas ó transacciones, supone un voto de confianza a la moneda china, ya que se espera que contribuya a su compra por parte de los bancos centrales, también representa una muestra de confianza en la estabilidad de la divisa china y en la política monetaria de ese país.

Para cumplir con el criterio del FMI, Pekín llevó adelante una serie de reformas en los últimos meses, incluyendo mejorar el acceso para los extranjeros a los mercados cambiarios chinos, una más frecuente emisión de deuda y ampliar las horas de operaciones con el yuan.

La moneda yuan tendrá una participación del 10.92 %, tras una revisión de la fórmula para las ponderaciones de los DEG, que determina qué monedas pueden recibir los países como parte de los préstamos del FMI.

Establecida por última vez en el 2010, la canasta está compuesta por un 41.9 % del dólar, 37.4 % del euro, un 11.3 % de la libra esterlina y un 9.4 % del yen.

Bajo las nuevas ponderaciones, la participación del euro caerá a 30.93 %, la libra y el yen también tendrán un peso menor, mientras que el dólar se mantendrá casi al mismo nivel.

¿Que es el Derecho especial de giro (DEG)?

El DEG fue creado en 1969 por el FMI para apoyar el sistema de paridades fijas de Bretton Woods, los países que participaban en este sistema necesitaban reservas oficiales, reservas del gobierno ó el banco central en oro y monedas extranjeras de amplia aceptación, que pudiesen ser utilizadas para adquirir la moneda nacional en los mercados cambiarios, de ser necesario, a fin de mantener su paridad cambiaria.

Pero la oferta internacional de dos activos de reserva fundamentales, el oro y el dólar de Estados Unidos,  resultaba inadecuada para apoyar la expansión del comercio mundial y el desarrollo financiero que estaba teniendo lugar, por consiguiente, la comunidad internacional decidió crear un nuevo activo de reserva internacional con el auspicio del FMI.

Unos pocos años después de la creación del DEG, el sistema de Bretton Woods se derrumbó, y las principales monedas pasaron a un régimen de tipo de cambio flotante, además, el crecimiento de los mercados internacionales de capital facilitó el endeudamiento de los gobiernos solventes.

Ambos fenómenos redujeron la necesidad de DEG, sin embargo, más recientemente las asignaciones de DEG de 2009, por un total de DEG 182,600 millones, desempeñaron un papel crucial para proporcionar liquidez al sistema económico mundial y complementar las reservas oficiales de los países miembros en medio de la crisis financiera mundial.

El DEG no es ni moneda ni activo frente al FMI, más bien representa un activo potencial frente a las monedas de libre uso de los países miembros del FMI, los tenedores de DEG pueden obtener estas monedas a cambio de sus DEG mediante dos operaciones: primero, la concertación de acuerdos de canje voluntario entre países miembros y, segundo, la designación, por parte del FMI, de países miembros con una sólida situación externa para que compren DEG a países miembros con una situación poco firme.

Además de su función de activo de reserva complementario, el DEG sirve como unidad de cuenta del FMI y de algunos organismos internacionales.

La cesta de monedas que determina el valor del DEG

Inicialmente, el valor del DEG se definió como un valor equivalente a 0,888671 gramos de oro fino, que, en ese entonces, era también equivalente a un dólar de Estados Unidos, tras derrumbarse el sistema de Bretton Woods en 1973, el DEG se redefinió en base a una cesta de monedas.

Actualmente dicha cesta está integrada por el dólar de Estados Unidos, el euro, la libra esterlina y el yen japonés, el valor del DEG, en términos de dólares de Estados Unidos, se determina diariamente y se publica en el sitio del FMI en Internet.

Se calcula sumando determinados montos de las cuatro monedas de la cesta valorados en dólares de Estados Unidos, sobre la base de los tipos de cambio cotizados a mediodía en el mercado de Londres.

La composición de la cesta se somete a la revisión del Directorio Ejecutivo cada cinco años, ó antes si el FMI determina que las circunstancias lo justifican, a fin de velar por que refleje la importancia relativa de cada moneda en los sistemas comerciales y financieros mundiales.

En la revisión más reciente (noviembre de 2010), las ponderaciones asignadas a las monedas en la cesta del DEG fueron revisadas en base al valor de las exportaciones de bienes y servicios y al monto de las reservas denominadas en las respectivas monedas que eran mantenidas por otros países miembros del FMI.

Estos cambios entraron en vigor el 1 de enero de 2011, en octubre de 2011, el Directorio Ejecutivo del FMI examinó posibles opciones para ampliar la cesta de monedas del DEG.

La mayor parte de los directores opinaron que los criterios actuales para la selección de las monedas que integran la cesta del DEG siguen siendo apropiados, la próxima revisión actualmente está programada para que tenga lugar a más tardar al final de 2015.

La tasa de interés del DEG

La tasa de interés del DEG constituye la base para calcular los intereses que se cobran a los países miembros que obtienen préstamos y los intereses que se pagan a los países miembros por el por el uso de sus recursos para la concesión de préstamos del FMI (no concesionarios).

La tasa es asimismo el interés que se paga a los países miembros por sus tenencias de DEG y que se les cobran por su asignación de DEG, la tasa de interés del DEG se establece semanalmente y se basa en el promedio ponderado de las tasas de interés representativas de los instrumentos de deuda a corto plazo en los mercados de dinero de las monedas que integran la cesta de valoración del DEG.

Asignaciones de DEG a los países miembros

En virtud de su Convenio Constitutivo (Artículo XV, Sección 1, y Artículo XVIII), el FMI puede asignar DEG a los países miembros en proporción a sus cuotas, dicha asignación ofrece a cada miembro un activo de reserva internacional incondicional que no le implica costo alguno.

El mecanismo de DEG se autofinancia y aplica cargos sobre las asignaciones, que posteriormente serán utilizados para pagar los intereses sobre las tenencias de DEG, si un país miembro no utiliza sus tenencias de DEG, los cargos serán iguales a los intereses recibidos.

Sin embargo, si las tenencias de DEG de un país miembro superan el nivel asignado, este devenga intereses sobre el excedente, mientras que si mantiene un nivel inferior al asignado paga intereses sobre el déficit.

El Convenio Constitutivo también permite la cancelación de DEG, pero esa disposición no se ha empleado nunca, el FMI no puede asignarse DEG ni puede asignárselos a otros tenedores autorizados.

Las asignaciones generales de DEG deben basarse en una necesidad mundial y a largo plazo de complementar los activos de reserva existentes, las decisiones sobre asignaciones generales se toman por períodos básicos seguidos de hasta cinco años, aunque las asignaciones generales de DEG se han efectuado solo en tres ocasiones.

La primera asignación, por un total de DEG 9,300 millones, se distribuyó en 1970-72; la segunda, por DEG 12,100 millones, se distribuyó en 1979–81; y la tercera, por DEG 161,200 millones, se efectuó el 28 de agosto de 2009.

Por otro lado, la Cuarta Enmienda del Convenio Constitutivo entró en vigor el 10 de agosto de 2009 y contemplaba una asignación especial y extraordinaria de DEG de DEG 21,500 millones.

El propósito de la Cuarta Enmienda era permitir que todos los miembros del FMI participaran en el sistema de DEG de manera equitativa y corregir el hecho de que los países que ingresaron en el FMI después de 1981, es decir, más de una quinta parte del total actual, nunca recibieron una asignación de DEG hasta 2009.

Tras la asignación especial y la general de 2009, el total acumulativo de DEG asignados ascendió a DEG 204,000 millones.

Compraventa de DEG

Los países miembros a menudo necesitan comprar DEG para cumplir con sus obligaciones ante el FMI, en otros casos, optan por venderlos para ajustar la composición de sus reservas.

El FMI puede actuar como intermediario entre esos miembros y los tenedores autorizados para asegurar que los DEG se puedan cambiar por monedas de libre uso, durante más de dos décadas, el mercado de DEG funcionó mediante acuerdos de intercambio voluntarios, en virtud de los cuales un grupo de miembros y un tenedor autorizado se ofrecían a comprar ó vender DEG dentro de determinados límites establecidos en el marco de sus respectivos acuerdos.

Después de las asignaciones de DEG de 2009, se ampliaron el número y el volumen de los acuerdos voluntarios para mantener la liquidez del mercado de DEG, el número de acuerdos de intercambio voluntario de DEG asciende en este momento a 32, incluidos 19 acuerdos nuevos desde la asignación de 2009.

En caso de que no haya suficiente capacidad para los acuerdos de intercambio voluntarios, el FMI puede activar el mecanismo de designación, mediante el cual designa miembros con posiciones externas suficientemente sólidas para comprarles DEG a miembros con posiciones externas débiles a cambio de monedas de libre uso, hasta un monto determinado, este mecanismo garantiza la liquidez y el carácter de activo de reserva de los DEG.

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